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¿Tu patrón debe pagar tus cuotas si no te inscribió en Infonavit?

Si no se realizó el pago de las aportaciones durante la relación laboral, entonces hay algo que debes saber
Aportaciones Infonavit
¿Tu jefe debe pagar? Fuente: Unsplash

Una de las responsabilidades que tiene todo patrón al contratar a alguien es inscribirlo en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Ante esto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encargó de compartir una tesis relacionada con el reclamo al patrón por el pago de aportaciones. 

Esta está relacionada con la jurisprudencia en la que es determina que si es acredita en un juicio laboral, en casi de que el patrón no realice el pago de las aportaciones de la vivienda de un ex trabajador del Infonavit. Es así como se le sancionará para que pague el tiempo de relación laboral.

Aportaciones Infonavit

SCJN se encargó de compartir una tesis relacionada con el reclamo al patrón por el pago de aportaciones. Fuente: Unsplash

¿El patrón debe pagar las cuotas de las que no se encargó?

De acuerdo a lo indicado en la tesis, los dos Tribunales Colegiados de Circuito no estaban de acuerdo en que la parte trabajadora reclamara al patrón el pago de las aportaciones de vivienda Infonavit y aquel que no prueba haberlas cubierto, procede a que la junta lo determine por el tiempo en el que estuvo la relación laboral, aunque actualmente no haya un nexo.

Es así como la Segunda Sala de la SCJN se encargó de establecer que al llevar a cabo un juicio laboral, la parte trabajadora reclama al patrón por no realizar el pago de las aportaciones de la vivienda Infonavit y quien no apruebe haber cumplido con ellas, procede a que la junta se encargue de condenar al patrón por el pago de las aportaciones de todo el tiempo que fue laborado.

Así que si hay evidencia de la existencia de relación de trabajo y el patrón no inscribió al trabajador mientras duró el vínculo jurídico, entonces la Junta debe encargarse de condenar al patrón a que inscriba al empleado.

Es así como el patrón debe responsabilizarse de cumplir con la inscripción y el pago de las cuotas.

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