Con la llegada del mes de mayo en México, los trabajadores formales del país esperan con ánimo que sus empresas realicen el reparto de utilidades, que es un monto de dinero que reciben por las ‘ganancias’ que generó la empresa durante el último año fiscal, pero quiénes tienen derecho a recibirlo.
¿Qué trabajadores recibirán el pago de utilidades?
De forma general, todos los trabajadores que se encuentran al servicio de un empleador que ofrezcan bienes y servicios tienen derecho a la repartición de utilidades, que son los siguientes:
- Todos los trabajadores formales bajo sueldos y salarios.
- Trabajadores eventuales siempre que hayan laborado al menos 60 días durante el año.
- Madres y padres en periodos de incapacidad temporal y trabajen.
- Ex empleados que hayan trabajador durante el año fiscal anterior como mínimo 60 días.
Existen excepciones en el pago de utilidades | Fuente: Especial
¿Quiénes no tienen derecho a utilidades?
No obstante, existen condiciones que impiden a los colaboradores de una empresa el recibir utilidades, los primeros son los directores generales, gerentes y administradores de la empresa, así como trabajadores eventuales en periodos menores a 60 días, socios y accionistas, colaboradores bajo esquema de pago por honorarios o que no tengan una relación subordinada y trabajadores domésticos.
Sin embargo, en caso de que la empresa sea de nueva creación no repartirá utilidades el primer año, así como aquellas que no hayan reportado utilidades y quienes declaren ante el SAT ingresos anuales menores a $300 mil pesos.
Finalmente, si tu empresa se niega a pagar utilidades se recomienda acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) o llamar al 800 717 2942, donde te asesorarán sobre el caso y el procedimiento para interponer una queja a tu empleador.
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