¿Sabías que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene el poder para condonar hasta el 100% de las multas fiscales? El Servicio de Administración Tributaria (SAT), pone a tu disposición los requisitos para lograr la condonación de las multas fiscales, te decimos qué puedes hacer.
La condonación es cuando el emisor de la deuda decide renunciar a su derecho de cobro, perdonando la deuda a quien debe, en este caso, al SAT.
¿Qué multas podría condonar el SAT?
- Las generadas al no presentar declaraciones, solicitudes, avisos, constancias o no hacerlo mediante los medios electrónicos que el SAT establece
- No realizar pagos provisionales
- No presentar la declaración informativa de operaciones con terceros o presentarla incompleta o con errores.
¿Quienes pueden solicitar condonación?
Puede realizarse por personas físicas y morales con multas fiscales, que además:
- No sean reincidentes
- No estén sujetos a procedimientos penales por delitos fiscales
- Contribuyentes sin la capacidad económica suficiente
- Contribuyentes que hayan cumplido sus obligaciones fiscales desde que cometieron la infracción
- Que lleve dos o más sistemas de contabilidad con el mismo contenido
¿Dónde presentar solicitud de condonación?
Lo puedes hacer en tu oficina local del SAT, o por el Portal del SAT. Esta solicitud no tiene plazo en específico, y puedes presentarla cuando lo requieras.
¿Qué documentos necesito?
- Escrito libre o archivo electrónico
- Original y copia de la resolución
- Constancia de la resolución mediante la que se aplicó la multa