En el mes de abril las personas físicas deben realizar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); aunque el último día para realizarlo es el 30 de abril, es mejor que las personas se anticipen al último momento y comiencen a prepararse desde los primeros días, por eso te contamos cómo puedes deducir tus gastos personales.
De acuerdo con el portal Dinero en Imagen, las personas que no hagan en tiempo y de manera correcta su declaración anual deberán pagar multas o recargos por incumplimiento. El gerente de finanzas en Homie.mx, Luis Ramírez, explicó que hay ocho categorías en los que se pueden deducir los gastos personales:
- Gastos médicos
- Primas de gastos médicos
- Educación
- Gastos funerarios
- Intereses por créditos hipotecarios
- Donativos
- Aportaciones complementarias para el retiro
- Impuestos locales por salarios
“Los gastos deducibles son en tres direcciones ascendente, descendente y uno horizontal, es decir, el contribuyente puede deducir gastos de parte de sus abuelos, padres, hijos, nietos y cónyuge” informó el Gerente de Finanzas.
Es importante mencionar que no todos los gastos que forman parte de estas áreas pueden ser deducibles; por ejemplo, los gastos médicos solo se pueden deducir los honorarios médicos, servicios profesionales de psicología, nutrición y dental.
Ahora, en el sector hipotecario sólo son deducibles los intereses reales devengados y los cuales son pagados por créditos que estén destinados en la casa habitación del contribuyente; cabe mencionar que el crédito no debe superar las 750 mil unidades de inversión.
Mientras que las aportaciones en calidad de donativo pueden ser deducibles solamente si son realizadas a instituciones autorizadas para recibirlos y las deducciones por aportaciones complementarias de retiro, el monto deducible debe ser menor al 10% del ingreso anual acumulable del ejercicio.
Finalmente, el último sector son los impuestos sobre nómina y la tasa no debe superar el 5%, para poder deducir este rubro es importante que las facturas sean pagadas por transferencia bancaria, tarjeta de débito o crédito, ya que no se podrán deducir las facturas que se pagaron en efectivo.