Es común que las palabras Servicio de Administración Tributaria (SAT) y declaración anual nos asuste, sin embargo, no esto no es del todo malo ya que hay gastos que son deducibles de impuestos.
¿No lo sabías? Pues entonces sigue leyendo que a continuación te presentamos lo que dicta referente al tema la página oficial de la institución descentralizada de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP):
Educación
- Colegiaturas de escuelas privadas con validez oficial de nivel preescolar a bachillerato o equivalente
- Transporte escolar. Aunque esto aplica solamente en caso de ser un servicio obligatorio
Salud
- Honorarios médicos, enfermeras, dentales, psicología y nutrición
- Gastos hospitalarios y medicinas en facturas de hospitales
- Análisis y estudios clínicos
- Compra o renta de aparatos de rehabilitación
- Prótesis
- Lentes ópticos graduados
- Primas por seguros de gastos médicos
Cabe aclarar que no aplica en comprobantes de farmacias y las personas que brinden los servicios deben de tener título.
Otros
- Gastos funerarios
- Intereses reales devengados y pagados por créditos hipotecarios
- Donativos dados a instituciones que tienen permitido recibirlos
- Aportaciones voluntarias realizadas a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore)
- Pago por impuestos locales por salarios. La tasa no puede ser superior al 5%
El SAT aclaró que los deducibles de impuestos no puede rebasar cinco UMAS anuales o 15% del total de sus ingresos. La excepción a la regla son los donativos, aportaciones voluntarias, y gastos médicos por incapacidad y discapacidad.
“Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual”, recalcó el Servicio.
Si quieres más detalles sobre las deducciones personales, puedes entrar a la página https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales.
Por cierto, en caso de que necesites información relacionada con los servicios del SAT o a los impuestos, no dudes en revisar todas las novedades que tenemos disponibles en Oink-Oink.